![]() |
|||||||||||||||||||
|
fondos de apoyo al sector textilEstán operativas las partidas presupuestales previstas en la Ley Nº 18.172
La instrumentación de las partidas de apoyo a la vestimenta previstas en la Ley Nº 18.172 se ha encargado a la Unidad de Apoyo a la Competitividad de Conglomerados de Vestimenta que funciona en la Dirección Nacional de Industrias del Ministerio de Industria, Energía y Minería.
Los beneficiarios de este mecanismo son las empresas productoras de artículos de vestimenta, individualmente o en grupos, así como las instituciones que las nucleen. Los artículos de vestimenta son aquellos que se clasifican en los capítulos 61, 62 y la posición 65.05.90.00 de la Nomenclatura Común del Mercosur. Las empresas deben ser pre existentes a la fecha de promulgación de la Ley Nº 18.172, el 31 de agosto de 2007.
El Proyecto otorgará apoyo financiero no reembolsable a través de tres componentes: 1) Apoyo a la competitividad. 2) Actualización tecnológica. 3) Desempeño
COMPONENTE 1: APOYO A LA COMPETITIVIDAD
Este componente financiará proyectos destinados a:
i) atracción de inversiones directas; ii) promoción de la innovación (tecnológica u organizacional) y el desarrollo tecnológico; iii) desarrollo del producto, incluyendo avances en diseño; iv) desarrollo de proveedores; v) investigación, promoción y marketing tendientes al desarrollo y mantenimiento del mercado; vi) promoción de buenas prácticas de producción y de desempeño ambiental; vii) certificación de calidad de productos; viii) procesos de capacitación; ix) construcción de pequeñas infraestructuras para provisión de servicios especializados; x) fortalecimiento de la institucionalidad del sector.
A los efectos de este componente se adoptan las siguientes definiciones sobre los Proyectos:
Estructurantes: conllevan acciones con beneficios para todo el sector y con baja apropiabilidad para las empresas individuales, como centros tecnológicos o de diseño, la creación de imagen de marca país; fortalecimiento de la institucionalidad del sector; estudios y seguimiento de mercados.
Abiertos: conllevan acciones disponibles para todas las empresas del sector, cuyas ventajas se relacionan con la participación efectiva de las empresas, como certificaciones de calidad, capacitación, apoyo a la elaboración de planes de negocios.
Cerrados: conllevan acciones con beneficios de alta apropiabilidad para un grupo limitado de empresas o una empresa individual.
Los proyectos estructurantes o abiertos deben ser presentados por el Grupo Gestor del Conglomerado. Los proyectos cerrados pueden ser presentados por una empresa o un grupo de empresas.
Los proyectos calificados como estructurantes recibirán co-financiamiento por hasta el 80% de los costos incrementales aprobados. En casos especiales, a criterio del Consejo Directivo, el financiamiento podrá llegar al 100%.
Los proyectos abiertos recibirán cofinanciamiento por hasta el 60 % de los costos incrementales aprobados.
Los proyectos cerrados que involucren 1 empresa, recibirán hasta el 40% de subsidio sobre los costos incrementales aprobados, mientras que los que involucren 2 empresas recibirán hasta el 50% de subsidio sobre los costos incrementales aprobados.
Los proyectos cerrados de tres o más empresas deberán presentarse y ser cofinanciados por el PACC. En coordinación con este programa se podrán cofinanciar este tipo de proyectos, los que recibirán hasta un 60% de los costos incrementales aprobados.
Cuando se trate de una empresa micro o pequeña, o de un grupo de empresas micros y/o pequeñas, los porcentajes de cofinanciamiento podrán incrementarse hasta en 20 puntos porcentuales. Es decir, el proyecto de una empresa micro o pequeña podrá recibir un subsidio de hasta el 60% de los costos incrementales aprobados, mientras que el de dos empresas micros y/o pequeñas podrá recibir hasta un 70% y el de tres o más hasta un 80%. Los proyectos deberán enviarse vía correo electrónico a gerenciavestimenta@dni.miem.gub.uy
En lo que refiere particularmente a la implementación de los componentes 1 y 2, se adopta como visión estratégica del sector la establecida en el marco del Programa PACC. Esto supone respetar y continuar elementos de política ya definidos por el Gobierno, tales como, el fortalecimiento de la institucionalidad del sector privado, el estímulo a la asociatividad, el cofinanciamiento de los proyectos (requerimiento de aporte del sector privado), y en términos generales, el alineamiento de los proyectos con la visión estratégica plasmada en el Plan de Refuerzo de la Competitividad elaborado por los actores del conglomerado COMPONENTE 2: ACTUALIZACIÓN TECNOLÓGICA
Este componente financiará la adquisición de maquinaria y equipo.
En cuanto al porcentaje de cofinanciamiento se aplican los mismos criterios que en los casos de Proyectos Cerrados del Componente 1, con la excepción de lo referido al incremento del 20 puntos porcentuales a micro y pequeñas empresas, lo cual no se aplicará en este componente.
El monto de financiamiento para una misma empresa con cargo a este componente, no podrá superar los U$S 100.000 ni ser mayor que el 25% de su facturación anual total.
Los proyectos deberán enviarse vía correo electrónico a gerenciavestimenta@dni.miem.gub.uy COMPONENTE 3: DESEMPEÑO
Este componente asignará recursos entre las empresas productoras de vestimenta en función de la evolución de parámetros como la planilla de empleados, las ventas y/o la diversificación de mercados.
Podrán acceder a los fondos previstos en este componente, las empresas que fabriquen y exporten productos clasificados en los capítulos 61, 62 y la posición 65.05.90.00 de la Nomenclatura Común del Mercosur. Anualmente, la Unidad de Apoyo a la Competitividad de los Conglomerados de la Vestimenta realizará una publicación en dos (2) medios impresos de distribución masiva, a partir de la cual las empresas dispondrán de 15 días hábiles para presentar la documentación requerida en la Administración del GGC de la Vestimenta (Cámara de la Vestimenta / Tel. 900 87 70).
Esta Administración tomará las exportaciones de la base de datos de la Dirección Nacional de Aduanas y reunirá y analizará toda la documentación presentándola al Gerente Ejecutivo en un plazo máximo de 10 días hábiles siguientes.
|
||||||||||||||||||
|
|||||||||||||||||||